No es lunes cualquier para el medioambiente en Chile. Hoy comienza a operar, tras ser promulgada en el Diario Oficial, la nueva Ley Marco de Cambio Climático. Su gran objetivo es que el país sea carbono neutral y resiliente al clima a más tardar en 2050.
La norma implica que las municipalidades, gobiernos regionales y 17 ministerios, tomen acciones concretas para enfrentar el cambio climático, una de las últimas y mayores amenazas que ha sufrido el planeta. Esto de la mano de facultades y obligaciones emanadas a nivel central, regional y local.
“Queremos ser el primer Gobierno ecológico de Chile. La Ley Marco de Cambio Climático es una herramienta clave para transversalizar ese objetivo”, señala la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas. “Esta norma coordina y organiza la acción del Estado bajo la meta de la carbononeutralidad y resiliencia al clima. Eso implica que el enfoque ecológico sea integrado en las decisiones de todos los ministerios”, añade.
Rojas establece que la lucha contra el cambio climático es ahora una política de Estado. “Con esta ley, vamos a dejar de depender de la voluntad política de los gobiernos de turno. Ahora existen facultades, responsabilidades y obligaciones que permitan cumplir con los compromisos para alcanzar las metas establecidas por el país”, agrega.
¿Cuándo comenzó a elaborarse la ley?
Si bien la firma de la nueva ley se produjo en el Antiteatro Bosque Santiago, en Huechuraba, su desarrollo y elaboración comenzó en julio de 2018, con un proceso de participación temprana que se extendió hasta enero de 2019. Entre junio y julio de ese año se realizó un proceso formal de consulta ciudadana.
En enero de 2020 ingresó el proyecto al Congreso, siendo despachado en marzo de 2022. Luego de su revisión por parte del Tribunal Constitucional, la iniciativa quedó lista para ser promulgada.
¿Cómo funcionará?
La ley establece que las políticas, planes, programas, normas, acciones, e instrumentos que se dicten en materia de cambio climático deben basarse en los siguientes principios: Científico, costo-efectividad, enfoque ecosistémico, equidad y justicia climática, no regresión, participación ciudadana, precautorio, preventivo, progresividad, territorialidad, urgencia climática, transparencia, transversalidad, coherencia y flexibilidad.
“Es una de las normativas más relevantes del último período”, afirma el director ejecutivo de Conaf, Christian Little.
¿Qué implicará esta nueva norma?
El objetivo nacional de que el país sea carbono neutral a más tardar en 2050, será revisada cada cinco años para determinar si se adelanta dicho objetivo, si es que así lo permiten los análisis que se realicen.
Ser carbono neutral significará profundizar el proceso de descarbonización y dejar de quemar combustibles fósiles en todas nuestras actividades para que las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) –responsables del cambio climático- sean iguales o menores que las absorciones de dichos gases por parte de la naturaleza.
Asimismo, se plantea como meta que el país sea resiliente al clima, es decir, que seamos capaces de adaptarnos a los efectos del cambio climático en los territorios.
Según explica Little, “hasta 2022 Chile no contaba con un marco jurídico que permitiera asignar responsabilidades de reducción de emisiones o exigir implementación y reporte de medidas de mitigación de emisiones y adaptación a los impactos del cambio climático”.
Gobernanza, instrumentos y medidas específicas
Este nuevo principio climático y medioambiental, institucionaliza la acción climática, estableciendo facultades y obligaciones a nivel central, regional y comunal. También fija una serie de instrumentos interrelacionados, que establecen metas y objetivos, tanto de mitigación como de adaptación.
¿Qué estrategias llevará a cabo?
En primer término, instrumentos nacionales, como la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC), la que contiene los compromisos de Chile ante la comunidad internacional para mitigar las emisiones de GEI, e implementar medidas de adaptación en conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo de París.
Según indica Ricardo Bosshard, director de WWF Chile, ”este es un paso muy importante en el camino que recorre el país para poder hacer frente a la crisis climática, considerando además la alta vulnerabilidad de nuestro territorio”.
También una Estrategia Climática de Largo Plazo (ECLP), que define los lineamientos generales de largo plazo que seguirá el país de manera transversal e integrada, considerando un horizonte a 30 años. Es la hoja de ruta.
A su vez, planes sectoriales de mitigación: establecen las acciones y medidas destinadas a reducir o absorber gases de efecto invernadero en línea con los presupuestos de emisiones asignados a cada sector en la ECLP, y planes sectoriales de adaptación: establecen todas las acciones y medidas para que los sectores con mayor vulnerabilidad puedan adaptarse al cambio climático y aumentar su resiliencia.
¿Qué instrumentos incluirá y desarrollará?
Incluye un Reporte de Acción Nacional de Cambio Climático (RANCC), que incorpora las políticas, planes, programas, normas, acciones y medidas que estén contempladas en instrumentos de gestión del cambio climático o que hayan sido propuestas por otros organismos públicos con el objetivo de monitorear e informar su estado de avance en el corto plazo.
“Esta ley le da poder al Ministerio del Medio Ambiente para gestionar los instrumentos y herramientas necesarias, así como coordinar acciones con los demás ministerios, que es justamente lo que se requiere para enfrentar la actual crisis del clima, que tiene múltiples dimensiones. Junto con celebrar la promulgación, también destacamos que en su reciente Cuenta Pública el presidente Boric haya planteado que la implementación de esta ley será uno de los focos de su gobierno”, puntualiza el representante de WWF Chile.
En segundo lugar, instrumentos territoriales, que incluye planes de acción regional: tendrán por finalidad definir los objetivos e instrumentos de la gestión del cambio climático a nivel regional y comunal. El plazo máximo de elaboración es de tres años a partir de la fecha de promulgación de la Ley Marco de Cambio Climático.
¿Qué medidas específicas añadirá?
Adiciona planes de acción comunal: serán elaborados por las municipalidades y deben ser consistentes con las directrices generales establecidas en la ECLP y en los planes de acción regional de cambio climático. Plazo máximo de elaboración de 3 años a partir de la fecha de promulgación de la ley, y Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, el que será elaborado por el Ministerio de Obras Públicas junto a los ministerios de Medio Ambiente, Agricultura, Ciencias y Relaciones Exteriores cuando comprenda cuencas transfronterizas, y de los Comités Regionales de Cambio Climático (CORECC) respectivos.
Finalmente, esta nueva ley añade determinadas medidas específicas, tales como, metas sectoriales vinculantes para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, elaboración de normas de emisión de estos últimos, obligación de incorporar los impactos del cambio climático en la planificación territorial a través de los instrumentos de planificación territorial y los planes regionales de ordenamiento territorial y obligación de implementar reducción de gases de efecto invernadero con foco en la contaminación local, permitiendo mejorar la calidad de vida de las personas. Los compromisos de mitigación y adaptación deben considerar zonas saturadas y latentes de contaminación atmosférica.
Además, los gobernadores regionales, que presiden los CORECC, tendrán que focalizar recursos para la acción climática. En la evaluación ambiental de los proyectos de inversión deberán contemplar los impactos cambio climático.
Fuente: La Tercera